Introducción: Los maestros evaluamos la educación en los 30 años de la Constitución Política de Colombia
Colombia conmemoró el 4 de julio de 2021 los 30 años de la expedición de su Constitución Política. Los maestros convocados para esta compilación y, seguramente, muchos de nuestros lectores, vimos la gestación de la carta magna y trabajamos arduamente en un experimento político, participativo, público y de amplia difusión e impacto social. Tanto la Asamblea Nacional Constituyente de 1991, como la discusión social y la construcción colectiva de su articulado constituyeron procesos novedosos para nuestro país. Nos animó, en ese entonces, la posibilidad de ampliar los derechos políticos y sociales, avanzar en la modernización del Estado, en la construcción de un aparato judicial efectivo, ágil y confiable. Nos convocó la posibilidad de construir una nueva institucionalidad política y administrativa, descentralizada, libre del clientelismo y la corrupción. Participamos en el diseño de nuevos entes de control, nuevos escenarios políticos, creados por la nueva institucionalidad, libre de los vicios que tenían a Colombia sumida en el atraso y en la guerra fratricida.
Soñamos con una ciudadanía activa, vigilante y participativa, con un Estado descentralizado, con un manejo eficiente de los recursos públicos, con entidades públicas con competencias claras y con eficientes sistemas de control.
Esa suma de sueños se alcanzó a llamar un “nuevo país”. Los colombianos, en especial quienes estuvimos en las mesas de trabajo regionales realizando propuestas en las que se dibujaría la nueva Colombia, recibimos con gozo, compromiso y entusiasmo la promulgación de la carta de derechos que los constituyentes habían redactado.
En ese contexto es innegable el aporte del Movimiento Pedagógico (activo desde 1982) y del Congreso Pedagógico de 1987, evento que preparó a los maestros para participar y reivindicar la educación como derecho y como factor de cambio social. Surgieron iniciativas como la democratización del conocimiento, la libertad de cátedra y la autonomía del maestro y las instituciones para la orientación de los currículos escolares de acuerdo con los contextos de las comunidades. Las discusiones gestaron propuestas que, más adelante, se plasmaron en la Constitución de 1991 y en sus desarrollos posteriores, como la Ley 115 de 1994 y su normativa complementaria.
En incontables talleres y eventos académicos hubo variadas discusiones que luego dieron paso a propuestas colectivas de los maestros, las universidades, las organizaciones sindicales y las organizaciones no gubernamentales. Esta amplia agitación y participación preparó el escenario para un movimiento social que llevó varias propuestas a la Asamblea Nacional Constituyente, las cuales delinearon las políticas educativas de los últimos 30 años. La relevancia que se le otorgó a la educación se reflejó en 30 artículos que vinculan el conocimiento como parte de la dignidad humana, como un camino para alcanzar la perfectibilidad del ser. La educación se reconoció como derecho fundamental y como medio para el desarrollo humano y social garantizado por el Estado. Ese articulado estableció la responsabilidad de la familia en los procesos formativos y la supremacía de los derechos de los niños sobre otros derechos. Se introdujo la participación comunitaria en la dirección de las instituciones, mecanismo que promovió una cultura democrática que estimula la construcción colegiada de las políticas administrativas. Se establecieron las condiciones para una educación de calidad que impulse la ciencia, la tecnología y el conocimiento, y cultive una formación humanista y respetuosa de las diferencias y del libre desarrollo de la personalidad. Finalmente, la Constitución de 1991 sentó las bases para las reformas y la organización de la educación superior, que se concretaron, en la Ley 30 de 1992, con la reglamentación de principios como la autonomía universitaria, el gobierno universitario y la financiación de la educación superior pública.
La Constitución de 1991 reconoció la diversidad y la interculturalidad; estimuló la educación plural y laica y dio cabida a poblaciones históricamente excluidas, visión que amplió la cultura democrática de las comunidades educativas haciéndolas conscientes de sus derechos y evidenciando la necesidad de fortalecer los espacios de participación.
Con el riesgo de parecer redundantes, transcribimos el artículo que condensó el sueño del “nuevo país” en ese memorable 1991:
Artículo 67. La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura. La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente. El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica. La educación será gratuita en las instituciones del Estado, sin perjuicio del cobro de derechos académicos a quienes puedan sufragarlos. Corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; garantizar el adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a los menores las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo. La Nación y las entidades territoriales participarán en la dirección, financiación y administración de los servicios educativos estatales, en los términos que señalen la Constitución y la ley.1
En estos 30 años se han dado avances, el principal, tal vez, sea la expedición participativa de la Ley 115 de 1994 o ley general de educación, toda vez que recoge los aportes del Movimiento Pedagógico colombiano y abre experiencias de concertación en política educativa entre el magisterio y el Gobierno nacional. Esa ley trazó la ruta de los decretos reglamentarios para la educación desde el preescolar hasta la educación media; delineó la educación no formal, la educación para el trabajo y la educación de adultos, y se ocupó de los derechos educativos de las poblaciones con características especiales.
Esta ley legitimó la autonomía escolar, gracias a la cual cada institución construye su Proyecto Educativo Institucional ( PEI) y traza el perfil del tipo de alumno y ciudadano que aspira a formar. Así mismo, el gobierno escolar alcanzó relevancia al vincular a la actividad académica a las comunidades, los empresarios, los maestros y los egresados de las instituciones, fundamentos vigentes y de alto impacto en la educación.
En el ámbito internacional, las Naciones Unidas han señalado los siguientes cuatro principios para la aplicación nacional de este derecho: “Disponibilidad: Debe haber escuelas o instituciones educativas que cubran la totalidad de la población. Aceptabilidad: Los programas de estudio tienen que ser adecuados culturalmente y de buena calidad, aceptables por los titulares del derecho: alumnos y padres. Adaptabilidad: Esto significa que los programas deben adecuarse a los cambios de la sociedad. Accesibilidad: No se puede prohibir el acceso a la educación ya sea por color de piel o religión que ejerza o por razones culturales o físicas”.2
En Colombia, estos principios tienen estrecha relación con los derechos de los niños (artículo 44 de la Constitución) y su desarrollo pleno busca articular una normativa amplia (artículos 41, 44, 45, 52, 64, 67, 68, 69, 70, 79, 300, 336, 356, 357, 361 y 366 de la carta constitucional).
Tres décadas después, vale la pena que los educadores nos preguntemos qué ha pasado con ese sueño, qué rumbos ha tomado, y establecer en qué hemos avanzado y en qué, tal vez, seguimos teniendo retos pendientes. Igualmente, es necesario preguntarnos si el espíritu consagrado en el artículo 67 en relación con el derecho a la educación da cuenta de que, efectivamente, la educación en Colombia es un derecho fundamental garantizado por la Constitución. En ese sentido, vale señalar que, con diferentes intenciones y alcances, la carta ha tenido 55 reformas y actualmente cursan otros 54 proyectos de acto legislativo que buscan agregarle otras. Según la nota editorial del periódico El Colombiano de Medellín, “Evaluar la Constitución Política de 1991”, once de esas reformas aluden a la “ampliación de derechos: al agua, a la alimentación adecuada y a no padecer hambre, a la canasta básica, a internet, a la educación, a la vivienda digna, a la educación superior gratuita, los de la naturaleza y los animales y al cannabis recreativo”.3
Después de un proceso político como los Acuerdos de Paz firmados con las FARC-EP y del prolongado estallido social que vivió Colombia entre mayo y junio de 2021 con los maestros y los estudiantes como protagonistas, es pertinente conmemorar la consagración del derecho a la educación con una lectura crítica de la carta constitucional, sus avances y desafíos. Por eso, la Facultad de Educación de la Universidad de Antioquia conmemora esta efeméride con reflexiones que nos convocan a la acción política como educadores, como maestros y como maestros en formación. Se trata de llevar nuevamente nuestra voz a los escenarios académico y político, esta vez para evaluar la Constitución y renovar el compromiso con la construcción de la paz, la consolidación de la democracia y la formación de los maestros que necesita el país.
En este libro nos preguntamos por el impacto en la educación de la Constitución Política de Colombia luego de tres décadas de su promulgación. Destacados profesores del país aceptaron esta invitación. Como resultado, entregamos nueve ensayos que abren el debate para comprometernos con su plena implementación. Los ensayos se agrupan en tres grandes bloques. El primero, “Ciudadanos, pluralismo y diversidad”, da una mirada a las apuestas estratégicas del ideario constitucional desde la educación, en relación con la diversidad y el pluralismo, las nociones de ser humano y de individuo que la caracterizan. Allí se ubican tres ensayos: “La educación para lo uniforme y la educación para lo múltiple en la Constitución Política de Colombia”, de Arley Fabio Ossa Montoya;“El ideal pedagógico que habita en la Constitución Política de Colombia”, de Elvia María González Agudelo y María Isabel Duque Roldán, y “Constitución, educación y prácticas democráticas en la universidad”, de Carlos Fernando Echeverri Jiménez y Ruth Elena Quiroz Posada.
El segundo, “La educación: derecho o servicio”, que contiene cuatro ensayos, se enfoca en la tensión que implica la caracterización de la educación como derecho y como servicio que, además de establecer la laicidad de la educación, señala la fuente de desequilibrios en el acceso y cuestiona la permanencia de un mercado que pone el énfasis en procesos de acreditación y certificación, más que en su papel como garante de una sociedad democrática. En este se agrupan los ensayos “Un derecho humano fundamental, no un mérito ni un servicio”, de Jaime Alberto Saldarriaga Vélez; “Educación al servicio de la calidad: deterioro de un derecho humano fundamental”, de Rodrigo Jaramillo Roldán; “La educación como derecho fundamental, bien público y habilitante de otros derechos”, de Enrique E. Batista J., y “Un hijo huérfano de la Constitución Política: el derecho a la educación”, de Germán Alonso Vélez Sánchez.
Cierran las reflexiones los aportes de Bernardo Restrepo Gómez, “Enfoques pedagógicos, calidad de la educación y desarrollo integral”, y “La educación: entre la regulación legal y los actos de libertad de los maestros”, de Alberto Martínez Boom. Hemos nombrado esta sección “Pedagogía, legislación y libertad”
En un contexto caracterizado por los desafíos que la pandemia por la Covid-19 le impone a la educación, vale la pena hacer este balance para recuperar su espíritu y garantizar su cumplimiento, cuando asuntos como la presencialidad, la virtualidad y la garantía de acceso mediante estrategias como la gratuidad de la educación pública superior tensionan la oferta de este derecho, reviven la preocupación por la cobertura, la pertinencia y la calidad, y nos invitan a garantizar su carácter plural, democrático y universal.
Bibliografía
Columnista Invitado. “Evaluar la Constitución Política de 1991”. El Colombiano, 4 de enero de 2021. https://www.elcolombiano.com/opinion/columnistas/evaluar-la-constitucion-politica-de-1991-HA14364672
Red Internacional para los Derechos Económicos, Sociales y Culturales. “Observación general Nº 13: El derecho a la educación (artículo 13)”. red-desc, s. f. https://www.escr-net.org/es/recursos/observacion-general-no-13-derecho-educacion-articulo-13
Notas al pie
- Artículo 67, Constitución Política de Colombia.
- “Observación general Nº 13: El derecho a la educación (artículo 13)”, Red Internacional para los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, RED-DESC, s. f., https://www.escr-net.org/es/recursos/observacion-general-no-13-derecho-educacion-articulo-13
- Columnista Invitado, “Evaluar la Constitución Política de 1991”, El Colombiano, 4 de enero de 2021,https://www.elcolombiano.com/opinion/columnistas/evaluar-la-constitucionpolitica-de-1991-HA14364672